La Asamblea General de Condóminos es la máxima autoridad en los condominios. En estas sesiones, celebradas con previo aviso, los vecinos votan sobre cuestiones importantes para la comunidad.
Muchos edificios se enfrentan a muchas dudas relacionadas con este mecanismo de decisión:
¿Los inquilinos pueden votar? ¿Se puede restringir el voto de algún condómino? ¿Cuántos votos se tiene por apartamento?
Para ayudarte a eliminar la confusión de este tema, te traemos la siguiente información.
Las resoluciones de las asambleas se tomarán por mayoría simple de votos, excepto cuando la escritura constitutiva, la Ley de Propiedad en Condominio o el reglamento Interno establezcan otro tipo de mayoría.
La votación será personal y directa. Los condominos pueden autorizar la representación por medio de una carta poder, pero nadie puede asumir más de dos votos. El administrador nunca podrá representar a un condómino en las asambleas generales.
El Reglamento Interno, la Escritura constitutiva o la Ley de Propiedad en Condomino correspondiente fija con claridad cuáles son las facultades de cada persona del condominio en la asamblea general.
Si así se decide, los condóminos que deban cuotas de mantenimiento podrán quedar sin derecho al voto durante las juntas ordinarias o extraordinarias que se realizan para tratar temas referentes al condominio.
Sí, los inquilinos pueden participar en las asambleas y votar, siempre y cuando haya sido autorizado por el propietario o esté establecido en el contrato. Todos los propietarios están obligados a asistir a las asambleas, sea personalmente o debidamente representado, según se establezca en el reglamento.
Si uno de los copropietarios no ejerce su derecho a conferir el poder o no acude, los restantes copropietarios entienden que está aceptando la representación del ocupante a cuyo favor se ha transferido la tenencia de una unidad.
Los condóminos o sus representantes, deberán firmar la lista de asistencia que se anexa en el libro de actas de asambleas, para ser considerados como parte del quórum.
Cada condómino contará con un número de votos igual al porcentaje de indiviso que su unidad de propiedad privativa represente el total del valor del condominio establecido en la Escritura Constitutiva.
Comúnmente se asigna un voto por unidad, que será proporcional a sus derechos en los bienes de dominio común.
El objetivo principal de las Asambleas Generales es discutir, debatir y resolver los problemas que surgen en la comunidad de propietarios, por lo que una herramienta de votación y sondeo virtual es un ingrediente esencial.
En Administradores México, esperamos que todas tus dudas sobre el voto en una junta de copropiedad hayan sido despejadas. Por otro lado, si tienes problemas para encontrar un administrador, estaremos encantados de ayudarte a conseguir los mejores candidatos.
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