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Queja condominal: ¿Cómo presentarla ante la PROSOC?

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Cabe destacar que, antes de presentar una queja condominal ante la Procuraduría, es necesario acreditar que ya han agotado toda forma de negociación y que, luego de haber pasado por muchos esfuerzo junto con el Administrador y hasta a nivel condominal, no hay forma de solventar la situación ocurrida. 

Para dar el siguiente paso, es importante haber cumplido con la LRPC en términos de Asambleas. Es decir, el administrador y el condominio deben estar registrados y acreditados ante la PROSOC.

Luego de cumplir con lo anteriormente mencionado, los pasos que se deben seguir son súper sencillos, aquí los dejamos a continuación: 

  1. Los condóminos, administradores o integrantes del Comité de Vigilancia son los únicos que deben presentar las quejas.
  2. Estas se deben presentar directamente en las oficinas de la PROSOC, bien sea en las des-concentradoras o en las unidades móviles. 
  3. La queja tiene varias opciones para presentarse. Puede ser de forma escrita, personal o mediante un correo electrónico. Esta deberá ser ratificada máximo tres (3) días hábiles después de ser enviada.
  4. Debe cumplir con los siguientes requisitos: 
  • Nombre y domicilio de quien está presentando la queja. 
  • Relación de los hechos (Deben incluir pruebas). 
  • Nombre y domicilio de quien incumple. 
  • Firma de quien presenta la queja. 

Atender la queja

Después de presentar la queja, la PROSOC tiene como tarea iniciar su proceso netamente interno para atenderla. Durante este, podrá citar al que presentó la queja con la finalidad de aclarar cualquier duda propia y le enviará notificaciones a ambas partes para darle inicio al proceso. 

La Procuraduría para obtener una solución siempre agotará las instancias en el siguiente orden: 

  1. Por la vía de conciliación 
  2. Por la vía de arbitraje. 
  3. Por la vía del procedimiento administrativo y aplicación de sanciones. 

Como recomendación a los administradores, deben mantener su administración y al condominio bajo el cumplimiento de la Ley, puesto que si ocurren conflictos condominales que requieran atención de la PROSOC, tendrán la tranquilidad de mantener este y otro tipo de problemas bajo control. 


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