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Prosoc busca mejorar enseñanzas sobre Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles

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Actualmente, en la Ciudad de México existen alrededor de 100.000 edificios; por otro lado, la Procuraduría Social local (Prosoc) mantiene un registro de 3.000 administradores así comentó Patricia Ruiz Anchondo, titular de esta institución para La Razón México. 

La Prosoc considera sumamente importante que los administradores se encuentren altamente capacitados para resolver los problemas que puedan surgir en la comunidad donde trabajan. 

De la misma manera, Patricia Ruiz en su entrevista con La Razón México comentó lo siguiente: “Estamos preocupados por dar una mejor capacitación, ahora nosotros hacemos el curso, examen y capacitación, pero nuestros esfuerzos están enfocados a hacer la carrera de administrador; es una labor compleja”.

Por su parte, la funcionaria local expresó su preocupación por brindarle una mejor capacitación a los administradores. Existe el interés en mejorar los métodos de enseñanza con respecto al contenido de taller sobre la Ley Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal

La política Anabella Pezet en un artículo publicado por el periódico mexicano Excélsior en el año 2018, informó al respecto de los requisitos mínimos que se deben tomar en cuenta al momento de contratar a un administrador condominal profesional. 

Para sintetizar, los requisitos necesarios son los siguientes: 

  1. Si el condominio se encuentra sujeto al Régimen Condominal, el administrador profesional está sujeto a los dispuesto en Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal.
  2. Según la ley, el administrador debe estar registrado y certificado ante la Procuraduría Social (Prosoc). Por su parte, esta dependencia sólo imparte cursos y certificados a personas física, no morales. 
  3. El contrato de prestación de servicios que será firmado con una empresa, debe especificar el nombre de la persona física, quien debe estar certificada ante Prosoc. De no ser así, recibirán una multa por 22.000 pesos. 
  4. Los condominios que posean una administración profesional, necesitan estar registrados ante Prosoc y contar con un libro de actas de Asamblea, este debe tener hojas foliadas y selladas por la autoridad. El registro del administrador debe estar en el libro antes mencionado.
  5. La Asamblea debe elegir un administrador profesional, quien tendrá 15 días hábiles para llevar todo el registro como administrador de su condominio ante Prosoc. De no realizar este protocolo, recibe una multa de 7.500 pesos. 
  6. El administrador elegido deberá tener su registro vigente ante Prosoc.
  7. En caso de construcciones nuevas en Régimen de Propiedad en Condominio, el administrador podrá ser designado por la constructora. 

Luego de entender los requisitos para contratar a un administrador. Cabe destacar que, es necesario que los condominios sigan estrictamentes las normas que implanta Prosoc para evitar multas o graves problemas legales en el futuro.

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